Desde el 6 marzo del año en curso los trabajadores independientes del país deberán realizar el pago de sus aportes a salud, pensión y ARL a través de internet, de acuerdo a los cambios que se presentaron en el decreto 1990 del 2016 , esto indica que quienes tengan una base de cotización menor a un millón cuatrocientos setenta y seis mil pesos ($1.476.000) podrán realizar el pago en puntos autorizados por el operador, pero si cotizan sobre un valor mayor, únicamente lo podrá hacer de forma virtual.
También se estipularon fechas límites de pago de acuerdo a los dos últimos números de su identificación, por lo tanto todos los aportantes que realizan pagos a Seguridad Social y Parafi-scales, sean empresas, pagadores de pensión o independientes, deberán realizar sus aportes en estas nuevas fechas límite, iniciando por el segundo día hábil de cada mes.
Quienes cotizan por un monto mayor a un millón cuatrocientos setenta y seis mil pesos ($1.476.000) y aún no tienen cuenta bancaria se verán obligados a tener una para poder realizar sus respectivos pagos.
Para quienes no saben cómo realizar el procedimiento electrónico, deben ingresar a la página web del operador con el que normalmente ha realizado el pago, allí ubicar la pestaña de la liquidación como “independiente”, diligenciar la planilla del mes que vaya a pagar y realizar el pago a través de los canales virtuales de pago que ofrezca el operador.
El trabajador independiente que tiene contrato debe pagar salud, pensión y ARL, pero el trabajador independiente que no tiene contrato como por ejemplo el tendero o comerciante únicamente debe pagar salud y pensión. Con LegalApp ¡la tienes clara!