Conciliación Extrajudicial en Derecho Arbitraje y Amigable Composición

​Diana Carolina Leal García



Abogada de la Universidad Católica de Colombia, cuenta con dos especializaciones en la Universidad del Rosario: en Derecho Administrativo y en Derecho Tributario. Además, ha realizado dos diplomados: en Conciliación Extrajudicial en Derecho en la entidad avalada Partners Colombia y en Insolvencia de Persona Natural no Comerciante, en la Fundación Liborio Mejía. 

Registra más de 11 años de experiencia profesional en el sector público, en el que ha sido Defensora de Familia del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y profesional especializada del Grupo de Conciliación Extrajudicial en Derecho, Arbitraje y Amigable Composición del Ministerio de Justicia y del Derecho.

  1. Apoyar a la Dirección en la formulación de la política pública del programa Conciliación Extrajudicial en Derecho, Arbitraje y Amigable Composición. 
  2. Apoyar a la Dirección en el seguimiento de los proyectos normativos relacionados con la Conciliación en Derecho. 
  3. Proponer a la Dirección elementos para elaborar propuestas​ legislativas en materia de Conciliación Extrajudicial en Derecho, Arbitraje y Amigable Composición. 
  4. Adelantar los trámites para la creación de los Centros de conciliación y arbitraje y Amigable Composición, de acuerdo a los lineamientos definidos por la normatividad vigente. 
  5. Llevar a cabo los trámites de autorización a los centros de conciliación, para adelantar el procedimiento de insolvencia de persona natural no comerciante, de acuerdo a los lineamientos definidos por la normatividad vigente. 
  6. Adelantar los trámites para el otorgamiento de Aval para impartir formación en Conciliación Extrajudicial en Derecho, de acuerdo a los lineamientos definidos por la normatividad vigente. 
  7. Adelantar los trámites para el otorgamiento de Aval para impartir formación en insolvencia de persona natural no comerciante, de acuerdo a los lineamientos definidos por la normatividad vigente. 
  8. Apoyar a la Dirección en la resolución de conflictos de competencia entre Centros de Arbitraje, de acuerdo a los lineamientos definidos por la normatividad vigente. 
  9. Apoyar a la Dirección en el ejercicio del control, inspección y vigilancia sobre los centros de conciliación y arbitraje y sobre las entidades avaladas para la formación, de conformidad con los parámetros señalados por la normatividad vigente. 
  10. Realizar seguimiento y control al uso y operación del Sistema de Información de la Conciliación, el Arbitraje y la Amigable Composición por parte de los operadores. 
  11. Proyectar para firma del Ministro o del Director, según corresponda, los actos administrativos de competencia de la Dirección, conforme a la normatividad vigente. 
  12. Proyectar la respuesta a peticiones, quejas, consultas, reclamos, requerimientos de órganos de control, contestación de acciones de tutela, actos administrativos y demás relacionados con asuntos de su competencia.  
  13. Apoyar el desarrollo y sostenimiento del Sistema Integrado de Gestión Institucional, y la observancia de sus recomendaciones en el ámbito de su competencia. 
  14. Las demás funciones que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza y los objetivos para los cuales fue creado el Grupo.