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Son funciones de la Directora de Justicia Transicional, además de las establecidas en el artículo 62 de la Ley 489 de 1998, las siguientes:
- Asesorar y proponer la formulación de la política de Estado en materia de justicia transicional.
- Coordinar y articular los comités y los subcomités que sean implementados o creados en materia de justicia transicional, y apoyar la Secretaria Técnica de los mismos, de acuerdo con las instrucciones impartidas por el Viceministro de Política Criminal y Justicia Restaurativa.
- Apoyar a las instancias competentes en el desarrollo de las actividades inherentes a la ejecución de los procesos de justicia transicional.
- Apoyar a las entidades y autoridades competentes en la coordinación de los procesos de reinserción y resocialización de los desmovilizados en el marco normativo de la justicia transicional.
- Realizar con las entidades competentes el seguimiento y evaluación de los procesos judiciales de justicia transicional y formular las recomendaciones a que haya lugar.
- Coordinar con la Dirección de Política Criminal y Penitenciaria el apoyo al cumplimiento de las medidas de aseguramiento y el tratamiento penitenciario de los desmovilizados de grupos armados al margen de la ley, cuando a ello haya lugar.
- Estudiar, tramitar y proyectar para el visto bueno del Viceministro de Política Criminal y Justicia Restaurativa y para la firma del Ministro de Justicia y del Derecho, actos administrativos relativos a indultos de conformidad con la legislación vigente.
- Propender y velar por la unificación y coherencia de criterios sobre el contenido y aplicación de las políticas de justicia transicional del Estado.
- Preparar los proyectos de las postulaciones individuales y colectivas a ser presentadas a la Fiscalía General de la Nación, de acuerdo con la normatividad vigente.
- Promover y realizar los análisis, estudios e investigaciones necesarias para generar conocimiento y el fortalecimiento de las políticas en materia de justicia transicional con las entidades que tengan responsabilidad en el tema.
- Preparar proyectos normativos sobre temas de su competencia, apoyar su presentación, discusión y seguimiento, así como efectuar el respectivo análisis normativo y jurisprudencial, en coordinación con la Dirección de Desarrollo del derecho y el Ordenamiento Jurídico y la Dirección Jurídica, cuando así se requiera.
- Presentar informes relativos al desarrollo de las políticas, los, planes y programas en materia de su competencia.
- Apoyar el desarrollo y sostenimiento del Sistema Integrado de Gestión, y la observancia de sus recomendaciones en el ámbito de su competencia.
- Atender las peticiones relacionadas con asuntos de su competencia.
- Las demás funciones asignadas que correspondan a la naturaleza de la dependencia.