1. En caso que sea víctima de violencia digital a través de comentarios o hechos que afecten su buen nombre, puede presentar una querella ante la Fiscalía General de la Nación, de forma verbal o escrita, narrando de forma clara y breve los hechos, presentando las pruebas que tenga.
2. Una vez presentada la denuncia la Fiscalía, se encargará de la investigación correspondiente para en caso de ser procedente iniciar el proceso penal que corresponda.
Antes de iniciar la investigación la Fiscalía adelantará una conciliación entre las dos partes, para que lleguen a un acuerdo o se siga con la intención de presentar la querella.
3. El caso lo presenta la Fiscalía al juez correspondiente para que decida si la persona cometió el delito o no, en caso que así sea podrá ser condenado por injuria y/o el delito informático relacionado con los hechos ocurridos.
¿Tiene costo? No.
¿Necesita Abogado? No.
Usted podrá presentar una acción de tutela en protección del buen nombre si cumple con los requisitos de inmediatez y subsidiariedad, es decir, cuando se pretende evitar un perjuicio irremediable que afectará a la persona y cuando no exista otro mecanismo para garantizar la protección del derecho.
Puede presentar la acción de tutela de forma verbal o escrita y el juez tendrá 10 días para resolver su tutela y si sale a tu favor, concederá 48 horas para que se cumpla.
• La injuria indirecta, es otro delito que se da cuando una persona publique, reproduzca o repita la injuria que haya hecho otra persona.
• La pena será más grave, cuando la persona que haga la injuria utilice algún medio de comunicación social o en reunión pública.
• Cuando la persona que haya cometido la injuria se retracte voluntariamente antes de que se profiera sentencia contra esa persona, no habrá responsabilidad si la persona se retracta de la misma forma que hizo la difusión de los hechos deshonrosos.
• La acción penal no se puede iniciar si la retractación se hace pública antes de que se formule la respectiva denuncia.
• Algunos de los derechos de las mujeres que se vulneran por la violencia digital son:
• Derecho a la igualdad y no discriminación.
• Derecho a una vida libre de violencia.
• Derecho a la integridad personal.
• Derecho a la autodeterminación.
• Derecho a la libertad de expresión, al acceso a la información y al acceso efectivo a internet.
• Derecho a la libertad de reunión y asociación.
• Derecho a la privacidad y a la protección de los datos personales.
• Derecho a la protección del honor y la reputación.
• Derechos sexuales y reproductivos de las mujeres.