1) Instaurar una queja ante la Policía Nacional o la Inspección de Policía del municipio donde ocurren los hechos.
La queja deberá contener:
A) Identificación del presunto maltratador.
B) Especie del animal maltratado.
C) Lugar donde ocurren los hechos.
D) Pruebas que den fe del presunto maltrato (Fotografías, videos, testimonios, etc.).
2) Las autoridades de Policía verificarán la existencia del presunto maltrato animal. En caso de que sea necesario el retiro del animal, este procedimiento estará en cabeza de la autoridad de policía competente.
3) Las sanciones administrativas para una persona condenada por maltrato oscilan entre cinco (5) a cincuenta (50) salarios mínimos mensuales legales vigentes.
INSPECTOR DE POLICIA
POLICIA NACIONAL
FISCALIA GENERAL DE LA NACION
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1) Denunciar ante la Fiscalía General de la Nación si el maltrato animal es grave o le causa la muerte al animal de manera intencional.
Tenga en cuenta que al presentar la denuncia deberá indicar:
A) Cómo.
B) Cuándo.
C) Quién.
D) Dónde.
La denuncia podrá ser interpuesta vía telefónica por la línea de la Fiscalía: 122.
2) La Fiscalía General de la Nación deberá iniciar una investigación con la información que fue entregada.
3) En caso de que haya prueba suficiente, la Fiscalía General de la Nación iniciará un proceso penal a través del cual acusará a la persona responsable del maltrato animal para que sea condenada.
En caso de comprobarse que la conducta de maltrato animal se podrán imponer penas privativas de la libertad desde los doce (12) meses hasta los treinta y seis (36) meses. Además podrá ser sancionado con multas de cinco (5) a sesenta (60) salarios mínimos mensuales legales vigentes.
Se recomienda que las personas que deseen iniciar la queja de maltrato animal tengan las suficientes pruebas de los hechos. En ocasiones se puede confundir una mala tenencia del animal con maltrato.
La queja podrá ser presentada de manera anónima.