¿Cómo realizar la notificación por aviso en un proceso judicial?

  (Civil)

La notificación por aviso es la comunicación que se envía cuando no se ha podido notificar al demandado o a un tercero dentro del proceso por medio de la notificación personal. 
 
1. Manuel, tiene un proceso de restitución de bien inmueble arrendado, y el abogado no ha podido notificar de forma personal al demandado el auto admisorio de la demanda, por lo tanto, necesita notificar por aviso, pero no conoce el procedimiento.   

2. Martha, tiene un proceso contra Mauricio por un choque de auto, dentro del proceso se llevó a cabo la notificación por aviso al demandado, sin embargo, este solicita sea incluido en el proceso a la aseguradora del auto, por ser un tercero interesado dentro del proceso, por lo tanto, Martha desea saber si es posible hacer la notificación y como podría hacerla

Para estos casos y similares, deberán seguir lo establecido en el Código General del Proceso, respecto a la notificación por aviso.  

Fecha del árticulo: 19/12/2021
Más Asesoría

Si requiere mayor asesoría acerca del proceso de notificación por aviso en procesos judiciales puede consultar el Código General del Proceso en los artículos 292 Aquí​.

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Normativa
• Código General del Proceso​ (Ley 1564 de 2012) “Por medio de la cual se expide el Código General del Proceso y se dictan otras disposiciones”- Título II Notificaciones – Artículo 292 “Notificación por aviso”.

• Código General del Proceso (Ley 1564 de 2012) “Por medio de la cual se expide el Código General del Proceso y se dictan otras disposiciones” – Capítulo II Nulidades Procesales – Artículo 132 Control de Legalidad – Artículo 133 Causales de Nulidad – Artículo 134 Oportunidad y Trámite – Artículo 135  Requisitos para alegar la nulidad – Artículo 136 Saneamiento de la Nulidad – Artículo 137 Advertencia de la Nulidad – Artículo 138 Efectos de la declaración de falta de jurisdicción o competencia y de la nulidad declarada. 

• Decreto Legislativo 806 del 4 de junio de 2020 “Por el cual se adoptan medidas para implementar las tecnologías de la información y las comunicaciones en las actuaciones judiciales, agilizar los procesos judiciales y flexibilizar la atención a los usuarios del servicio de justicia, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica” – Artículo 8 Notificaciones Personales.  
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Requisitos generales
Trámite en línea: No
Trámite con costo:
Necesita abogado: No
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