1. Para realizar el trámite la persona debe:
- Tener mínimo 16 años cumplidos
- Saber leer y escribir
- Estar inscrita en el Registro Único Nacional de Tránsito – RUNT.
- Estar a paz y salo por concepto de multas por infracciones de tránsito.
- Haber realizado el examen de aptitud física, mental y de coordinación motriz y que el resultado sea que es una persona apta para conducir vehículos de la tipología correspondiente a la categoría que aspira a obtener la licencia. Esta certificación debe haber sido expedida por un Centro de Reconocimiento de Conductores habilitado por el Ministerio de Transporte.
- Aprobar un examen teórico-práctico o llevar un certificado de aptitudes en conducción otorgado por un Centro de Enseñanza Automovilística autorizado por el Ministerio de Transporte.
2. Diríjase personalmente al organismo de tránsito respectivo y presente el original de su documento de identidad:
- Colombianos mayores de edad: Cédula de Ciudadanía o contraseña
- Colombianos menores de edad: Tarjeta de Identidad
- Extranjeros mayores de edad: Cédula de extranjería, contraseña certificada (provisionalmente) o pasaporte vigente
3. Realice el pago correspondiente a este trámite. Verificados y validados los requisitos enunciados anteriormente, el organismo de tránsito procede a otorgar la licencia de conducción indicando las categorías para la cual está autorizado conducir el usuario.
- Oficina De Tránsito
- Secretaria De Tránsito Municipal O Distrital
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• Para obtener la licencia de conducción es necesario tener 16 años cumplidos para servicio particular y 18 años cumplidos para servicio público.
• Una persona con limitaciones físicas podrá conducir un automóvil si demuestra que es capaz de hacerlo por medio del examen teórico-práctico impartido por las escuelas de conducción. Será necesario que el auto que maneje tenga las adecuaciones necesarias para que la persona pueda conducir.
• Las licencias de conducción pueden ser para vehículos automotores destinados al servicio particular o para vehículos automotores destinados al servicio público. Existen diversas categorías de licencias de conducción de acuerdo al tipo de vehículo.
• El titular de una licencia de conducción podrá solicitar la recategorización de su licencia, para lo cual debe presentar y aprobar un nuevo examen teórico-práctico para la categoría solicitada y presentar un certificado de aptitud en conducción otorgado por el centro respectivo.
• Las licencias de conducción tendrán un tiempo determinado de vigencia de acuerdo a si se trata de un vehículo para servicio particular o público y a la edad del conductor.
Estas se renovarán presentando un nuevo examen de aptitud física, mental y de coordinación motriz, y previa validación en el sistema RUNT que Ia persona se encuentra al día por concepto de pago de multas por infracciones a las normas de tránsito, debidamente ejecutoriadas.
• La licencia de conducción podrá ser suspendida o cancelada por la autoridad de tránsito correspondiente de acuerdo a las causales establecidas en la Ley.
• Las licencias de conducción, expedidas en otro país, que se encuentren vigentes y que sean utilizadas por turistas o personas en tránsito en el territorio nacional, serán válidas y admitidas para conducir en Colombia durante la permanencia autorizada a su titular, conforme con las disposiciones internacionales sobre la materia.
Si transcurrido el tiempo de temporalidad, el extranjero prolonga su permanencia, deberá solicitar su licencia de conducción bajo la modalidad de primera vez, cumpliendo los requisitos señalados por las normas vigentes en Colombia.