1. Busque atención médica inmediata, comuníquese con la línea de emergencias 123 o a la línea que cumpla la misma finalidad en su municipio o acuda a un centro de salud para recibir atención primaria. A las víctimas de este tipo de ataques se les asegura la prestación del servicio de salud de manera prioritaria pues entre más tiempo pase sin la atención requerida, más graves serán las lesiones.
2. Luego de recibir la atención médica primaria, la Fiscalía General de la Nación a través de la Unidad de Reacción Inmediata U.R.I., las Salas de Atención al Usuario SAU, en los comandos de la Policía, en los CAI, las Casas de Justicia y la Policía Nacional recibirán la denuncia, investigarán los hechos y los llevarán ante el Juez Penal. La Policía Nacional también tendrá la obligación de ofrecer seguridad a la víctima y sus familiares por el tiempo que sea necesario, con el fin de evitar represalias.
3. El Juez Penal determinará el o los responsables del delito basándose en las pruebas presentadas por la Fiscalía e impondrá las penas correspondientes. Mientras tanto, la víctima recibirá todos los tratamientos físicos y sicológicos necesarios a cargo del Estado.
- Fiscalía General de la Nación
- Policía Nacional
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¿Qué debe hacer?
• De no haber llegado a ningún acuerdo para la reparación de daños y perjuicios dentro del proceso, usted deberá esperar el sentido del fallo condenatorio y junto con la Fiscalía o el Ministerio Público podrá solicitar dentro de los 30 días siguientes, ante el mismo juez, la reparación debida. Sino cuenta con dinero para contratar abogado, la Defensoría Publica le designará uno de oficio.
• Para reclamar perjuicios por el daño moral se debe pedir una valoración de un perito, para lo cual podrá acercarse a la Personería Municipal, Defensoría del Pueblo o los Consultorios Jurídicos de las universidades para que lo orienten con mayor claridad.
• También en caso de requerir tratamientos médicos o consultas con psicólogos puede interponer la acción de tutela contra la EPS que lo atienda, para que agilice el trámite en caso que haya demora.
¿Dónde acudir?
- Consultorio Jurídico
- Defensoría Del Pueblo
- Personería Municipal
¿El trámite tiene costo?: No
¿Necesita abogado?: Sí, para la etapa de juicio y de reparación integral.
• La ley también castiga a aquellos que comercialicen, fabriquen, tengan en su poder, suministren, trafiquen o transporten de manera ilícita este tipo de sustancias, además existe un registro llevado por el INVIMA para la venta de las mismas, a través de la cual se identifica la procedencia del producto y los datos del comprador. La pena puede ir de 4 a 12 años de cárcel y multa desde $ 92.000.000.
• El uso de ácidos o sustancias corrosivas para generar lesiones que causen deformidad o daño permanente hace que las penas sean más altas, la prisión irán entre 21 y 30 años. No obstante, se elevara más la pena si se ocasiona deformidad en el rostro o si se trata de una mujer o menor de edad (hasta 50 años). La multa máxima será de dos mil millones de pesos para este año.
• El Estado debe asegurar a las víctimas atención médica integral y acceso efectivo a la justicia.
• Se creará un programa de atención integral a las víctimas de ácido, garantizando el acceso a la atención médica y psicológica integral.
• A este delito se le dio una categoría especial para que no siga haciendo parte del delito de lesiones personales, por lo tanto el agresor será investigado y condenado exclusivamente por este hecho.
• No habrá lugar a ningún tipo de beneficios legales para los que cometan este delito, es decir, no habrá lugar a prisión domiciliaria, ni suspensión de la pena, ni rebaja de pena.