¿Qué hacer para repartir mis bienes en vida?

Partición del patrimonio en vida (Trámites de familia:Sucesiones; Acciones civiles)

​​Camilo desea evitar que su familia inicie un proceso de sucesión y que con él se generen conflictos por la repartición de sus bienes, motivo por el cual quiere realizar la repartición estando vivo, pero no sabe cómo hacerlo.

Para este caso y similares, existe un trámite que permite repartir la totalidad o cierta parte de sus bienes y decidir si sigue o no administrándolos hasta el momento de su muerte.

Fecha del árticulo: 10/12/2017
Más Asesoría

Si requiere mayor información o asesoría sobre el trámite para repartir los bienes en vida, usted podrá acercarse a la personería, defensoría del pueblo, notarías, o consultorios jurídicos de su municipio.

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Normativa
Código Gen​eral del Proceso, artículo 487 trámite de la repartición del patrimonio en vida, artículo 577 asuntos sujetos a trámite de jurisdicción voluntaria.

Sentencia​ C-683 del 2014: la partición del patrimonio en vida contenida en el parágrafo del artículo 487 del Código General del Proceso, no desconoce el derecho a la igualdad de los hijos que no hayan consolidado su relación paterno filial ni la de los terceros interesados.

Decreto 1​​664 de 2015, "adiciona y deroga algunos artículos del Decreto 1069 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Justicia y del Derecho y reglamenta los artículos 487 parágrafo y 617 de la Ley 1564 de 2012" artículos 2.2.6.15.2.11.1 al 2.2.6.15.2.11.4.
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Requisitos generales
Trámite en línea: No
Trámite con costo:
Necesita abogado:
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