¿El proceso de restitución de bien inmueble arrendado se puede llevar ante centro de conciliación?

Restitución de inmueble arrendado: vivienda (Civil)

El proceso de restitución de bien inmueble arrendado es el proceso mediante el cual el arrendador solicita al arrendatario que le haga la entrega del bien inmueble (casa, local, apartamento).  En este proceso también se puede pedir el pago de los arrendamientos atrasados, el pago de los servicios público, cuotas de administración, perjuicios, intereses moratorios, entre otros. 

A continuación, se dan unos ejemplos de lo anterior:  


  1. 1. Ana tiene un apartamento en arriendo a José por 1 año, pero a los 3 meses del mismo José dejó de pagar el canon de arrendamiento por lo que Ana quiere que le devuelva el apartamento, sin embargo, José no quiere hacerlo.  

 

  1. 2. Federico tiene una casa con 4 pisos para arrendar a diferentes familias. Actualmente, en el piso 3 tiene arrendado a Luis y a su familia, pero a Luis le gusta hacer fiesta los lunes y miércoles que descansa de su trabajo, por lo que Federico quiere que José se vaya y le devuelva el 3 piso, pero Luis se niega.  


Para estos y otros casos, el dueño del bien inmueble tiene varias opciones para solicitar la entrega del bien inmueble, una de ella es a través de un proceso de conciliación. ​


Fecha del árticulo: 17/04/2022

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Más Asesoría

Si requiere más asesoría sobre el proceso de conciliación en el tema de restitución de bien inmueble arrendado podrá consultar la Ley 640 de 2001 “Por la cual se modifican normas relativas a la conciliación y se dictan otras disposiciones”, dando click acá

Así mismo, podrá consultar la Ley 446 de 1998 “Por la cual se adoptan como legislación permanente algunas normas del Decreto 2651 de 1991, se modifican algunas del Código de Procedimiento Civil, se derogan otras de la Ley 23 de 1991 y del Derecho 2279 de 1989, se modifican y expiden normas del Código Administrativo y se dictan otras disposiciones sobre descongestión, eficiencia y acceso a la justicia”, dando click acá.

De igual forma, podrá revisar el Decreto 1818 de 1998 “Por medio del cual se expide el Estatuto de los mecanismos alternativos de solución de conflictos”, dando click acá

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