​​¿Qué debo saber sobre las sanciones y las multas en la propiedad horizontal?

  (Civil)

​Las personas que viven en un conjunto residencial sean propietarios o arrendatarios del lugar están sometidos al régimen de propiedad horizontal lo cual deben cumplir a cabalidad todas las normas y reglas que gobiernan al conjunto y en caso de no acatarlas pueden ser sancionadas.  

A continuación, se dan unos ejemplos de lo anterior: 
 
a. Carlos es propietario de un apartamento en propiedad horizontal pero no ha querido pagar las cuotas extraordinarias que se han decidido en la asamblea general.  
 
b. Myriam es arrendataria de un apartamento en un edificio en propiedad horizontal y aunque sabe que no puede tener fiestas entre semana ni a altas horas de la noche, ella las hace igual sin importarle los demás residentes del lugar.  
 
Para estos y otros casos similares, las personas que vivan en una propiedad horizontal (conjunto o edificio de apartamentos) sean dueños o arrendatarios tienen el deber de cumplir con el reglamento de propiedad horizontal que incluye las normas de comportamiento y convivencia, y es importante conozcan las sanciones y multas que pueden ser impuestas.​

Fecha del árticulo: 20/12/2021
Más Asesoría

Si requiere más asesoría sobre el proceso de sanciones y multas de propiedad horizontal podrá consultar el reglamento de propiedad horizontal correspondiente al conjunto o edificio ​donde usted vive. ​​ 

​ ​
Normativa
• Ley 675 de 2001“Por medio de la cual se expide el régimen de propiedad horizontal”, Artículo 30 “Incumplimiento en el pago de expensas” – Artículo 59 “Clases de sanciones por incumplimiento de obligaciones no pecuniarias” – Artículo 60 – Artículo 62 “Impugnación de las sanciones por incumplimiento de obligaciones no pecuniarias”.
Ley 1564​ de 2012, “Por medio de la cual se expide el Código General de Proceso y se dictan otras disposiciones” – Artículo 82 “Requisitos de la demanda”.
​ ​​ ​ ​
​ ​





​​​
Requisitos generales
Trámite en línea: No
Trámite con costo: No
Necesita abogado: No
¿Fué útil el contenido?
Nada útil
Muy útil
Compartir
Imprimir