¿Qué es la indignidad sucesoral y cuál es el trámite para su declaración?

Indignidad sucesoral (Sucesiones)

La indignidad sucesoral es una sanción para las personas que son capaces de heredar y han vulnerado los bienes o a la persona que falleció, según unas condiciones específicas como el ocultamiento del testamento, el abandono a sus padres, entre otros.

• Juana de 85 años murió dejando como herederos a los 2 hijos que tuvo en su matrimonio. En los últimos años de su vida estuvo muy enferma de alzheimer. Su hijo menor Mateo tenía una discapacidad física y era quien la cuidaba y su hija mayor Lucia nunca se interesó por el estado de salud y mucho menos por las necesidades y cuidado de su madre Juana, posteriormente, intentó que su madre le heredara todas sus propiedades.
 
• Pedro murió dejando como herederos a los 5 hijos que tuvo en su matrimonio. En los últimos años de su vida estuvo muy enfermo. Su hijo Juan nunca se interesó por el estado de salud y mucho menos por las necesidades de su padre, pues teniendo suficiente capacidad económica, se negó a suministrarle alimentos para su sustento, y lo abandonó completamente.
 
Para este y otros casos similares, usted podrá solicitar la declaración de indignación sucesoral.

Fecha del árticulo: 20/06/2024

Más Asesoría
Si requiere más información o asesoría sobre la indignidad sucerolar puede acercarse a la Notaría, Personería Municipal o a la sede del consultorio jurídico de su municipio.
Normativa

​• Sentencia C-156-22 Corte Constitucional de Colombia.
 
• SC4540-2020 - Corte Suprema de Justicia.
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Requisitos generales
Trámite en línea: No
Trámite con costo: No
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