1) Para solicitar la rebaja de la pena usted deberá haber cumplido con estos requisitos:
A) Estudios: El condenado podrá recibir un día de redención de pena por cada dos días de estudio de seis horas cada uno, así sea en días diferentes. No podrá dedicar más de 6 horas de estudios al día.
B) Enseñanza: El condenado que demuestre que eduque a otros internos, ya sea en alfabetización, educación primaria, secundaria, artesanal, técnica y superior, se le sumarán cuatro horas de enseñanza como si fuera un día de estudios.
C) Actividades extracurriculares: el condenado que participe en "actividades literarias, deportivas, artísticas y las realizadas en comités de internos, programados por la dirección de los establecimientos".
D) Trabajo Comunitario: Los condenados que cumplan con servicio comunitario, y el tiempo dedicado a tales actividades redimirá la pena.
2) El abogado de oficio de confianza deberá presentar un escrito a un juez solicitando la rebaja de pena demostrando alguno o varios de los requisitos anteriores.
3) El juez revisará la solicitud y dará la aprobación o negación de la misma.
JUEZ DE EJECUCION DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD
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¿Qué debe hacer?
Quien se allane a cargos o los acepte mediante un preacuerdo con la Fiscalía General de la Nación, que podrá ser solicitado mediante su abogado de oficio o de confianza deberá cumplir con el requisito de haber devuelto el 50% del incremento patrimonial ilícito y se haya asegurado el cobro de la mitad restante.
Las rebajas de pena buscan que las personas que se encuentren privadas de libertad demuestren que han cambiado la conducta, merecen una nueva oportunidad antes de cumplir la totalidad de la pena impuesta por un juez penal y se reintegren a la sociedad.
La rebaja de penas en Colombia no aplica para aquellas personas que han sido condenadas por delitos como: terrorismo, secuestro, extorsión y sus respectivos conexos.
El juez no concederá la suspensión condicional de la ejecución de la pena, la prisión domiciliaria como sustitutiva de la prisión, ni ningún otro beneficio judicial o administrativo, dejando por fuera los casos de los beneficios por colaboración siempre y cuando el condenado haya sido encontrado culpable por delito doloso dentro de los cinco (5) años anteriores.
No se tendrán en cuenta para la solicitud de rebaja de penas cualquier actividad de educación, enseñanza, extracurricular y trabajo comunitario realizados los días domingos y festivos.
En el caso del trabajo comunitario el condenado que busque la rebaja de condena debió ser condenado a una pena no mayor a cuatro años y el servicio comunitario lo debe efectuar dentro de la ciudad o municipio que sirve como sede del recinto penitenciario. También podrán realizar trabajos comunitarios dentro de obras realizadas por ingenieros militares.