Si actualmente, desea cancelar los servicios de telecomunicaciones contratados deberá saber:
1. Tiene derecho a que los servicios de telecomunicaciones sean prestados de manera continua y cumpliendo con las condiciones de calidad mínimas.
Si no se cumple lo anterior, el usuario puede recibir automáticamente una compensación o terminar el contrato, sin necesidad de pagar los valores que le hayan dicho en la cláusula de permanencia.
2. Podrá cancelar los servicios de telecomunicaciones en los siguientes eventos:
- Indisponibilidad del servicio.
- Aumento no autorizado en el contrato.
- Cambios en los servicios sin previo aviso.
- Cláusulas de permanencia no autorizada.
- Decisión del usuario.
3. Tiene derecho a poder cancelar sus servicios, ya que la comisión de regulación de comunicaciones lo ha expresado en varios de sus comunicados, y está amparado como usuario.
Por lo cual, deberá materializar su intención a través de una petición ya sea verbal o escrita.
Si usted es el titular de la línea solo necesitará presentar su cedula de ciudadanía. En caso de no ser titular deberá tener una autorización y copia de la cédula del titular de la línea.
Para realizar la petición deberá ingresar al siguiente enlace dando
click acá.
¿Tiene costo? No
¿Necesita Abogado? No
¿Qué debe hacer?
En caso de no recibir una respuesta por el derecho de petición presentado, podrá de manera excepcional presentar una acción de tutela ante los jueces.
Requisitos:
Los requisitos generales de la acción de Tutela son:
- Nombre del solicitante de la acción junto con su número de cédula y en caso de necesitar representación nombre del representante con identificación.
- Nombre de la empresa a quien se solicita el cumplimiento del derecho fundamental.
- La exposición de los hechos que relatan la vulneración del derecho fundamental.
- El derecho fundamental vulnerado.
Para presentar la acción de tutela no existen requisitos formales para presentarla, y se puede presentar en cualquier juzgado del país.
Debe haber agotado los mecanismos alternativos para la solución del conflicto como agotar los trámites administrativos ante la empresa prestadora del servicio y conciliación si hubiere lugar a ella.
Así mismo, el derecho fundamental vulnerado debe estar causando un perjuicio irremediable, que no pueda esperar a los trámites tradicionales y tenga una solicitud de urgencia.
¿Tiene costo? No
¿Necesita Abogado? No
- La entidad no le podrá exigir que la petición se haga de manera escrita.
- El operador del servicio no puede modificar el contrato sin su autorización, ni cobrar servicios que no se hayan aceptado.
- Para interponer la queja por incumplimiento del contrato por parte de la empresa prestadora del servicio, deberá probarse que en ningún momento esta informó los cambios que harían en el servicio.
- El usuario tiene la capacidad de elegir si el servicio que contrata tiene cláusula de permanencia.
- Las cláusulas de permanencia en los servicios móviles están prohibidas.
- Las cláusulas de permanencia en los servicios de internet y telefonía fija podrán pactarse, siempre y cuando se ofrezcan planes que financien o subsidien el cargo por conexión, equipos o descuentos en el plan.
- Si se pacto una cláusula de permanencia y se quiere cancelar el servicio con antes de que se acabe esta, deberá pagar el valor pendiente al momento de la terminación.
- Todos los usuarios tienen derecho a terminar el contrato en cualquier momento, pero el usuario tiene el derecho de pagar las sumas de dinero que deba a la empresa que le prestó el servicio y demás obligaciones que se hayan pactado en el contrato.