A continuación, se relacionan dos eventos comunes de la atención medica y la materialización de este derecho fundamental.
1. Para poder afiliarse al régimen de seguridad social en salud es necesario que la persona extranjera presente alguno de los siguientes documentos:
- Cédula de extranjería.
- Pasaporte.
- Carné diplomático.
- Salvoconducto de permanencia.
- Permiso Especial de Permanencia.
2. En caso de contar con alguno de estos documentos y querer afiliarse al sistema de seguridad social en salud, la persona deberá solicitar que se le realice la encuesta del Sistema de Identificación de Potenciales Beneficiarios de Programas Sociales - Sisbén. Una vez reciba su puntaje, deberá gestionar la afiliación al régimen correspondiente.
Para acceder al régimen subsidiado deberá estar clasificado en los niveles I y II. Si es empleado, trabajador independiente o tiene capacidad de pago, deberá afiliarse y cotizar al régimen contributivo.
3. El puntaje certificado por el DNP puede consultarse entre 1 y 2 meses posteriores a la encuesta del Sisbén en su página web. Con eso ya será posible realizar la afiliación.
Como estrategia de modernización el Estado colombiano creó la plataforma “Miseguridadsocial”, accesible al ingresar al enlace https://miseguridadsocial.gov.co/
En este portal, las personas podrán también podrán gestionar la información y su situación de afiliación al sistema de seguridad social en salud, pudiendo realizar afiliaciones, inclusión de beneficiarios y reportes de novedades. Para personas extranjeras, la plataforma estará disponible si cuentan con cédula de extranjería o permiso especial de permanencia.
¿Tiene costo? Si
El papeleo necesario tiene un costo otorgado por cada entidad.
¿Necesita Abogado? No.
- Cuando la persona cuente con alguno de los documentos que le permitan acceder al sistema de salud, podrá dirigirse a solicitar la encuesta Sisbén para iniciar con su proceso de afiliación. Para ello debe acudir ante una oficina del Sisbén de su municipio o ciudad. En el caso de Bogotá podrá acercarse a un punto de atención ubicado en la red de centros de atención distrital especializados - CADE o solicitarla por medio de la Secretaría Distrital de Planeación, al correo encuestasisben@sdp.gov.co. En la solicitud debe incluir sus datos personales, su firma y la explicación de por qué se encuentra en uno de los supuestos que lo habilita para solicitarla, a saber: que nunca haya sido encuestado, que haya cambiado de domicilio o que esté inconforme con el puntaje obtenido previamente.
Se sugiere la persona solicitante conozca las características de la vivienda y de las personas que allí habitan en relación con su trabajo, educación, entre otros, para lo cual además puede ser útil tener un recibo de servicios públicos domiciliarios.
Después de haber solicitado la encuesta Sisbén deberá esperar la visita domiciliaria, donde un funcionario estatal debidamente identificado rectificará la información del solicitante y procederá a ingresar al domicilio y realizar la encuesta. Luego, se registrará la información en el sistema y la persona solicitante deberá entrar al sitio web del Sisbén para consultar el puntaje obtenido a raíz de la encuesta.
Como herramienta de focalización, el Sisbén permite identificar a las personas que requieren asistencia estatal. Por lo que, dependiendo del puntaje obtenido y el cumplimiento de requisitos especiales, la persona podrá acceder al programa y sus beneficios, que incluyen subsidios de vivienda, salud, educación y alimentación.
- Una vez se tiene el puntaje de la encuesta de Sisbén y un documento válido para la afiliación dentro del territorio colombiano, se puede iniciar el trámite ante cualquier Entidad Promotora de Salud - EPS según la preferencia de la persona, siempre que pertenezca al régimen subsidiado.
- Cada EPS tiene un trámite diferente y de este dependerá qué otros requisitos se necesitan para lograr la afiliación.
¿Qué es el procedimiento de afiliación de oficio?
- Hay determinadas poblaciones que se encuentran exentas de presentar el puntaje de la encuesta del Sisbén. Así, al pertenecer a los listados censales de algunas entidades públicas, como el ICBF, las alcaldías municipales o distritales, las gobernaciones, entre otras, las personas pueden solicitar su afiliación inmediata ante la EPS-S de su elección.
Los grupos que pueden afiliarse de oficio son:
- Personas colombianas retornadas voluntaria o involuntariamente de Venezuela.
- Recién nacidos en Colombia de padres venezolanos no afiliados.
- Habitantes de calle.
- Cualquier menor de edad que tenga necesidades en salud.
- Venezolanos portadores del PEP.
- Para estos grupos no es necesario el trámite a través de la encuesta del Sisbén, por lo que procede la afiliación de oficio. Es decir, acudir directamente ante la EPS-S y solicitar la afiliación si cumple con los requisitos.