1. Existen dos clases de multas de tránsito:
- Electrónicas: Estas son las que se notifican al propietario del vehículo y son las que se toman por cámaras salvavidas, de semáforos o demás.
- Manuales: Estas son las que se notifican presencialmente al propietario o infractor del vehículo, esto quiere decir, que se le da la multa a quien está conduciendo en ese momento, y será el responsable de pagar por el mismo, así mismo, se debe poner por un agente de tránsito en la vía donde se le hizo el pare.
2. Todos los propietarios de los vehículos automotores deberán revisar que:
- Su vehículo cuente con el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito.
- Su vehículo tenga la revisión tecnicomecánica en los plazos previstos por la ley.
- Su vehículo transite en lugares y horarios que estén permitidos.
- Su vehículo transite sin exceder los límites de velocidad permitidos.
- Su vehículo respete la luz roja del semáforo.
3. Su vehículo podrá tener orden de comparendo o sanción por el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito – SOAT, en los siguientes casos:
- Cuando maneje el carro sin que tenga el SOAT vigente, esto quiere decir, que lo haya comprado después del vencimiento del anterior, por ejemplo, si usted tiene el SOAT vigente hasta el 29 de abril del 2022 y lo compra el 5 de mayo del 2022.
Así mismo, hay casos en que se compra el SOAT el día que se vence y se saca el carro pensando que ya tiene el seguro, pero lo que debe saber es que el SOAT empieza a cubrir a partir del siguiente día hábil que compra el seguro.
Lo anterior, quiere decir, que si su seguro se vence el 29 de abril del 2022 y usted lo compra el día 30 de abril del 2022 y maneja el carro, le pueden hacer una multa de tránsito u otra sanción, ya que ese día el vehículo no estaba cubierto porque el seguro empieza a regir a partir del 1 de mayo del 2022.
- Cuando no tenga el SOAT, esto quiere decir, que usted tiene un seguro de todo riesgo del vehículo, pero este seguro no es lo mismo que el SOAT, ya que este es obligatorio, y debe pagarse cada año, mientras que el seguro de todo riesgo es voluntario, usted decide si lo compra o no.
Es así, como usted puede tener el SOAT sin tener un seguro todo riesgo, ya que no es obligatorio tener los dos, mientras que, si usted tiene un seguro de todo riesgo y no el SOAT, su vehículo será multado y sancionado por la entidad de tránsito correspondiente, ya que no cumple con las condiciones legales.
¿Tiene costo? Sí.
El SOAT tiene costo, según el tipo de vehículo que maneje, por lo tanto, deberá consultar en la página del seguro su valor.
¿Necesita Abogado? No.
- Los propietarios de los vehículos que registren un buen comportamiento en la vía por no reportar accidentes de tránsito que afecten la póliza del SOAT y que hayan renovado la póliza de manera oportuna, esto quiere decir antes de su vencimiento, tendrán derecho a un descuento en su seguro.
- El Gobierno deberá efectuar los estudios técnicos que permitan establecer la capacidad de la Administradora de los Recursos del SGSSS – ADRES, para adelantar los procesos de recuperación de cartera por los pagos que se den por los accidentes de tránsito de los vehículos no identificados o no asegurados
- Las compañías de seguros que tienen autorizado la expedición del SOAT tienen la obligación de expedir en todo el país, la póliza para el vehículo que lo requiera, de no hacerlo la Superintendencia Financiera de Colombia, investigará y sancionará a las compañías de seguros autorizadas que no expidan el seguro.
- En caso de daños materiales en los que solo resulten dañados vehículos asegurados, inmuebles, cosas o animales y no se produzcan lesiones a ninguna persona, se hará el retiro inmediato de los vehículos accidentados y todos los elementos que detengan el tránsito.
Así mismo, los conductores o demás implicados podrán conciliar en otra parte sus intereses, o acudir directamente ante las aseguradoras sin que se requiera nunca un documento de la autoridad de tránsito.
- Los vehículos accidentados podrán permanecer sobre la vía afectando el tráfico, por el tiempo necesario para la toma de las pruebas por parte de los conductores o interesados.
- Si usted no acepta mover el vehículo del lugar de los hechos cuando el policía de tránsito lo mande, este podrá ponerle una orden de comparendo por bloqueo de calzada o intersección C3.
- En el caso de que el accidente de tránsito sea por embriaguez, usted podrá solicitar que no se retiren los vehículos del lugar de los hechos hasta que no se hagan las pruebas correspondientes.