La conciliación es un mecanismo alternativo de solución de conflictos a través del cual, dos o más personas, naturales o jurídicas, de carácter privado o público, nacional o extranjera), gestionan por sí mismas la solución de sus diferencias, con la ayuda de un tercero neutral y calificado, denominado conciliador.
¿Para qué sirve?
- Evita el escalamiento del conflicto
- Resuelve pacíficamente los conflictos
- Posibilita la efectividad de la justicia
- Acerca la justicia al ciudadano
- Restablece el tejido social
- Descongestiona los despachos judiciales ahorra tiempos y costos
- Fortalece la autonomía y la solidaridad
¿Qué se puede conciliar?
- Fijación cuota alimentaria. icon Conflictos de convivencia.
- Responsabilidad extra-contractual en accidentes de tránsito sin lesiones personales.
- Custodia de hijos y regulación de visitas.
- Préstamos o deudas no canceladas por concepto de ventas y pago de facturas.
- Asuntos laborales.
- Obligaciones en General.
- Lesiones personales culposas.
- Propiedad horizontal particularmente cuota de administración Restitución de inmueble arrendado.
- Accidentes de tránsito sin lesiones personales.
- Liquidación de la sociedad conyugal.
- Daño en bien ajeno.
- Disolución y liquidación de la sociedad patrimonial de hecho.
- Injuria y calumnia cuando no trascienda.
- Abuso de confianza
- Injuria y calumnia indirecta.
Y los temas que contempla la normatividad vigente de acuerdo a la competencia de cada operador de la Conciliación en Derecho
¿Qué no se puede conciliar?
- De familia: Patria potestad, adopción, divorcio, cesación de efectos civiles y nulidad del matrimonio. icon De arrendamiento: Arrendamiento de bienes públicos.
- Penales: Delitos no querellables y con pena privativa de la libertad, violencia intrafamiliar e inasistencia alimentaria. icon Agrarios: Unidad agrícola familiar y uso del suelo.
- De tránsito: Personas con lesiones cuya incapacidad sea superior a 60 días y muerte en accidente de tránsito. iconAmbientales: Contaminación, talas y quemas en bosques, delitos ambientales.
- Cambios del estado civil de una persona. icon Policivos: Multas y sanciones.
- Comercio: Insolvencia económica de persona natural no comerciante, insolvencia empresarial, cobros coactivos y de tipo sancionatorio contra comerciantes o empresas. icon Administrativos: Conflictos entre particulares y entidades publicas