1. Cuando el ciudadano identifique que hubo un error en la notificación del inicio del proceso, podrá presentar una solicitud en la cual se identificará y manifestará: la razón de la solicitud, las situaciones que justifican la razón y las pruebas que necesita.
2. El juez que lleva el caso le informará a la otra parte para que se pronuncie sobre la situación y ordenará la práctica de pruebas.
Sí la solicitud se hace en el desarrollo de una audiencia se hará todo en la misma. De otro lado, si la solicitud se presenta por escrito, el juez informará a la otra parte y llamará a la realización de la audiencia.
3. Finalmente, el juez decidirá si la notificación fue nula o no. En el caso de que sea nula, el juez indicará sí se tiene que volver a hacer o terminar el proceso.
¿Tiene costo?: En los casos en que necesite la intervención de un abogado, debe asumir el costo de los honorarios del abogado. Los honorarios son pactados entre el cliente y el abogado, puede ver las sugerencias que hace el Colegio de Abogados de Colombia.
¿Necesita abogado?: En los procesos civiles necesita abogado cuando la suma de las peticiones es superior a 40 salarios mínimos mensuales. En los procesos laborales necesita abogado cuando la suma de las peticiones es superior a 20 salarios mínimos mensuales.
¿Qué debe hacer?
Si dentro de la audiencia de impugnación no se acepta la exoneración, deberá abrir un proceso de impugnación el cual se llevará como un proceso administrativo dentro de la entidad, donde tendrá las siguientes etapas:
1. La primera audiencia donde deberá contar todos los hechos de lo sucedido y solicitar la exoneración por no estar incumpliendo ninguna norma, así mismo, deberá solicitar que las pruebas que se alleguen al expediente sean las que determinó la entidad de transporte, la cual puede ser el testimonio del agente de tránsito, entre otras.
2. Se programarán las demás audiencias teniendo en cuenta la disponibilidad de la entidad para poder seguir la etapa probatoria, donde la entidad de tránsito tendrá la responsabilidad de probar cual es la norma que se violó.
3. Se programará la audiencia de alegatos de conclusión donde usted deberá decir las conclusiones de todo el proceso, teniendo en cuenta todo lo que tiene en el expediente, el cual siempre podrá solicitar y revisar.
4. Se programará la última audiencia de fallo donde se leerá el resuelve de la entidad, en caso de no ser favorable para su caso podrá solicitar que se lleve el proceso a segunda instancia.
En ese momento se le solicitará que argumente porque quiere que se vaya a segunda instancia donde usted podrá decir que nunca incumplió con la ley.
¿Tiene costo? No.
¿Necesita Abogado? No.
• La solicitud se puede presentar en cualquier momento antes de que se expida la sentencia que termina el proceso.
• No podrá presentar la solicitud cuando haya sido quien provocó la situación, no presentó la oposición a tiempo o actuó dentro del proceso sin haber presentado la solicitud.
• Cuando son varias las personas a las que se debe comunicar el inicio del proceso, sólo la persona a la que no se le informó puede presentar la solicitud.