1. Para celebrar un contrato de joint venture, se recomienda suscribir un documento escrito en el que se estipule como mínimo lo siguiente:
- Datos de identificación de las partes intervinientes.
- El objeto del contrato (el proyecto que se desarrollará de forma conjunta).
- Los aportes de los contratantes (pueden consistir en dinero, bienes, servicios, estrategias, entre otros).
- Distribución de los riesgos y las utilidades del proyecto.
- Duración.
- Las obligaciones de cada parte.
2. Después de especificar dentro del contrato las estipulaciones que se consideren pertinentes, este debe ser firmado por las partes.
3. Por tratarse de un contrato denominado “atípico”, la ley no ha previsto ninguna formalidad para su perfeccionamiento.
- Privados
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