1. Para realizar el despido con justa causa por incumplimiento del contrato por parte del trabajador, el empleador deberá remitirle un documento o carta a este, identificando con exactitud la causal o motivo del despido, y de ser el caso, presentando las pruebas respectivas. Se debe especificar en la comunicación los hechos y circunstancias con indicación de las modalidades de tiempo, lugar y condiciones.
2. El empleador escuchará los argumentos del empleado respecto a la comunicación, garantizando que este se defienda y respetando el debido proceso, es decir, que tenga conocimiento de todo el procedimiento de despido. Luego de escucharlo decidirá si da por terminado el contrato de trabajo o no.
3. En caso de determinar la necesidad de terminar el contrato de trabajo, el empleador debe hacer los respectivos pagos de liquidación y demás que se le adeuden, si desea consultar más información sobre la liquidación le invitamos a visitar el tema:
¿Cómo liquidar un contrato de trabajo? - Jefe o Empresa Empleadora.
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¿Qué debe hacer?
• Si requiere mayor información o asesoría sobre cómo realizar un despido con justa causa, usted podrá acercarse a la inspección de trabajo, consultorios jurídicos de su municipio o podrá comunicarse desde su teléfono fijo al número gratuito 01 8000 513 100, o desde su celular con la línea de atención del Ministerio de Trabajo 120.
¿Dónde acudir?
- Consultorio Jurídico
- Inspección De Trabajo
¿El trámite tiene costo? No
¿Necesita abogado? No
• Si el despido con justa causa se fundamenta en las causales 9 a la 15 contenidas en el literal a) del artículo 62 del Código Sustantivo del Trabajo, se debe dar aviso al trabajador con 15 días de antelación a la fecha en la cual da por terminada la relación laboral.
• El despido justo por las causas enunciadas no exige del empleador el pago de una indemnización al empleado.
• No avisar con 15 días de anticipación del despido, faculta al trabajador para reclamar la indemnización por despido injusto.
• Si el empleado se encuentra enfermo o se encuentra en estado de embarazo, o si es un trabajador aforado, es decir, sindicalizados, el empleador tendrá que solicitar un permiso especial frente al inspector de trabajo para que autorice dicho despido.