1. Para que usted puede acceder a la devolución de saldos, debra cumplir con los siguientes requisitos:
- Tener la edad de pension (57 años para mujeres y 62 para hombres)
- No haber cotizado las semanas requeridas para pensionarse.
- Que el capital acumulado en su cuenta de ahorro individual, no sea suficiente para adquirir una pension equivalente al salario minimo.
2. El cotizante debra radicar una solicitud formal ante el fondo de pensiones, mediante la cual pida la devolución de saldos.
3. El fondo de pensiones al que usted este afiliado, estudiara la solicitud y le responderá si usted es beneficiario de esta figura.
• Esta devolución equivale a la totalidad de lo ahorrado por el afiliado incluyendo los rendimientos generados y el bono pensional.
• Los bonos pensionales son aportes que se destinan a la conformación del capital, para financiar la pension de los afiliados.
• Para los cotizantes que hacen parte del Régimen de Prima Media (Colpensiones) esta figura se llama “Indemnización Sustitutiva de Pensión de Vejez”.
• La finalidad de la devolución de saldos es proteger el derecho a la seguridad social.