Si actualmente, usted quiere solicitar la licencia parental flexible deberá saber:
1. Las condiciones de la licencia parental flexible de tiempo parcial son:
- Los padres podrán usar esta figura antes de la semana 2 de su licencia de paternidad y las madres a no antes de la semana 13 de su licencia de maternidad.
- El tiempo de licencia parental flexible se contará a partir de la fecha del parto.
En el caso de que el médico tratante haya determinado que la madre debe tomarse 2 semanas de licencia previas a la fecha del parto, se podrán tomar en esta fecha, sin embargo, no se podrán tomar después ya que la licencia debe ser continua y sin interrupciones.
Así mismo, en el caso de que se llegue a un acuerdo con el empleador sobre la situación prevista por el médico tratante se podrá retomar después.
2. De igual forma, deberán tenerse en cuenta estas disposiciones al momento de realizar la licencia parental flexible:
- El pago de la licencia parental flexible será con base en el salario del momento del parto, y el pago estará a cargo por un 50% del empleador y un 50% por la EPS.
- El padre podrá solicitar el cambio de su licencia en cualquier momento, ya que no son excluyentes la licencia compartida con la licencia flexible.
- La madre no podrá solicitar la licencia parental flexible antes de la semana número 13.
3. Los requisitos para solicitar la licencia parental flexible son:
- Registro Civil de Nacimiento, el cual deberá presentarse a la EPS a más tardar dentro de los 30 días siguientes a la fecha de nacimiento del menor.
- Debe existir mutuo acuerdo entre el empleador y el trabajador.
- El trabajador deberá pasar un oficio solicitando la licencia parental flexible junto con un certificado médico, el cual deberá contener:
• El estado de embarazo de la madre, o la constancia de nacimiento.
• Indicación del día probable del parto, o la fecha en la que fue el parto.
• Indicación del día desde el cual inicia la licencia parental flexible.
Este oficio deberá presentarse al empleador a más tardar los 30 días siguientes al nacimiento, y el empleador tendrá que dar respuesta al mismo dentro de los 5 días hábiles a su presentación.
¿Qué debe hacer?
- En el caso de que no se desconozcan los derechos laborales podrá presentar un proceso laboral o una acción de tutela.
• Para presentar la acción de tutela no existen requisitos formales, y se puede iniciar en cualquier juzgado del país, igualmente no se necesita abogado ni tiene ningún costo.
• Debe tener en cuenta que antes de presentarla debe haber agotado los mecanismos alternativos para la solución del conflicto como derecho de petición y conciliación si hubiere lugar a ella.
• Así mismo, el derecho fundamental vulnerado debe estar causando un perjuicio irremediable, que no pueda esperar a los trámites tradicionales y tenga una solicitud de urgencia.
- Para la presentación de un proceso laboral deberá seguir los requisitos de la demanda:
Requisitos de la demanda:
1. Designación del juez laboral a quien se dirija.
2. El nombre y domicilio de las partes, así como el número de identificación del trabajador y el Nit de la empresa y su representante legal.
3. El nombre del abogado que represente al solicitante o demandante.
4. Las solicitudes, expresadas con claridad.
5. Explicación de los hechos desde la solicitud de la licencia hasta el momento en que se vulnero el derecho, lo cual servirá como fundamento para estudiar las solicitudes.
6. La solicitud de las pruebas que tenga el empleador en su poder, para que este en el transcurso del proceso los aporte.
7. El juramento estimatorio, cuando sea necesario.
8. Las normas jurídicas que considere que van con su proceso.
9. Explicación de los daños causados, los cuales pueden ser monetarios y emocionales.
10. El lugar, la dirección física, así como, el correo electrónico que tenga el solicitante, el empleador, la empresa donde trabaja y el abogado del solicitante para las notificaciones que recibirá.
¿Tiene costo? SI
Los honorarios del abogado.
¿Necesita Abogado? SI
- Además de la licencia parental flexible de tiempo parcial existe la licencia parental compartida.
- La licencia flexible en el caso de la madre es independiente del permiso de lactancia.
- La licencia flexible se aplica a los hijos de la cónyuge, de la compañera permanente, los niños prematuros y adoptivos.
- La licencia de paternidad del padre es de 2 semanas.
- La licencia de paternidad de la madre es de 18 semanas.
- La licencia flexible aplica para trabajadores del sector público, la cual deberá ser reglamentada por el Departamento Administrativo de la Función Pública.
- En ningún caso se podrán romper, intercalar ni tomar de manera simultánea los periodos de licencia flexible y licencia compartida, salvo por enfermedad postparto de la madre, y previa autorización del empleador.
- Las afiliadas al régimen subsidiado cabeza de familia que contribuyan solidariamente al Sistema General de Seguridad Social en Salud se les reconocerá una compensación de maternidad proporcional a la tarifa de la contribución realizada.
- Así mismo, deberá tener en cuenta las medidas antidiscriminatorias laborales:
• Los empleadores no podrán solicitar práctica de pruebas de embarazo como requisito para el acceso del trabajo, o para la permanencia de este.
• Si a una trabajadora se le pide una prueba de embarazo para ingresar a un empleo, y es rechazada, se deberá contratar de manera inmediata al cargo al cual aspiró.
• En las entrevistas de trabajo no se podrán realizar preguntas relacionadas con planes reproductivos.
• Si para el ingreso al trabajo se solicita una prueba de sangre, la trabajadora podrá elegir el laboratorio para realizarse el examen.
• El empleador que ordene una prueba de embarazo o que haga preguntas sobre los planes reproductivos se le pondrá una multa de $89.136.140, correspondiente a los 2455 Unidades de valor tributario de cada año.