¿Qué debo hacer para solicitar la visita íntima si soy una persona privada de la libertad?

Solicitud de visita íntima (Penitenciario)

​​Benjamín persona privada de la libertad quiere reunirse con su esposa Elena y compartir un momento juntos.

Para este caso y otros similares, la Corte Constitucional ha manifestado que la visita íntima se relaciona con la efectividad de los derechos fundamentales a la intimidad personal y familiar y al libre desarrollo de la personalidad (en su faceta de libertad de sostener relaciones sexuales, siempre que estas cuenten con el consentimiento de los involucrados), y contribuye con la función resocializadora de la pena, es por ello que se hace esencial para el recluso (sin tener en cuenta sexo, orientación sexual o identidad de género) poder relacionarse con su pareja, pues el impedirlo afecta no solo el aspecto físico sino el psicológico.

Fecha del árticulo: 5/07/2017

Más Asesoría

Si requiere mayor información o asesoría para la autorización de visitas íntimas para las personas privadas de la libertad puede acudir a la defensoría del pueblo.

​ ​
Normativa
Ley 65 de 1993, artículo 112, régimen de visitas.

• Resolución 06349 de 2016, artículos 71-72; artículo 142.

Sentencia T-372 de 2013​: La relación entre el derecho a la visita íntima y la efectividad de los derechos a la intimidad personal y familiar, y al libre desarrollo de la personalidad ha sido reafirmada, explicada y protegida en múltiples oportunidades. Aunque aquella puede ser limitada en alguna medida, ninguna acción o disposición puede anular su ejercicio o impedir que se ejerza bajo condiciones de periodicidad, intimidad, salubridad y seguridad, así como ninguna restricción podrá sustentarse en virtud de la libre opción sexual que haya tomado el interno o la interna.
​ ​​ ​ ​
​ ​


​​​
Requisitos generales
Trámite en línea: No
Trámite con costo: No
Necesita abogado: No
¿Fué útil el contenido?
Nada útil
Muy útil
Compartir
Imprimir