1. En caso de conocer circunstancias donde se presente el delito de tráfico de niñas, niños y adolescentes, deberá reportar esta situación ante el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF), ello a través de los defensores de familia, dando un relato de los hechos e identificando las personas que están involucradas en este delito. El ICBF, se encargará de llevar el proceso para hacer valer los derechos de los menores que se están viendo afectados y así mismo, de informar a las autoridades competentes la existencia del delito.
2. De no reportar el caso ante el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, usted puede acudir ante la Policía Nacional a través de sus canales de atención o de manera directa ante la Fiscalía General de la Nación, a fin de relatar los hechos e identificar a las personas que están involucradas en este delito.
Todas las autoridades tienen el deber de activar las rutas de atención e informar a los competentes, en caso de que proceda, para que se inicie el proceso administrativo de restablecimiento de derechos con el objetivo de garantizar la protección de los niños, niñas y adolescentes.
3. Una vez que la Fiscalía tenga conocimiento del delito (denuncia ciudadana, denuncia autoridades o de oficio) dará inicio a un proceso y tomará las medidas pertinentes para el presente caso.
La pena de prisión para el delito de “Tráfico de niños, niñas o adolescentes” será de treinta (30) a sesenta (60) años y una multa de 1.000 a 2.000 salarios MMLV.
- Defensoría De Familia
- Fiscalía General De La Nación
- Instituto Colombiano De Bienestar Familiar ICBF
- Unidad De Recepción Inmediata Para La Transparencia
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