CONSULADOS
MIGRACIÓN COLOMBIA
NOTARÍA
Para conocer la ubicación de la totalidad de autoridades relacionadas con su conflicto haga click aquí
Ir a Directorio
¿Qué debe hacer?
• Cuando los padres se encuentran en conflicto, el permiso deberá ser otorgado por el juez de familia, previa presentación de la demanda ante él. Este trámite exige de la representación de un abogado, por lo cual puede tener un costo.
• Cuando el menor no tenga padres o representante legal, el permiso será otorgado por defensor de familia.
• Si se requiere más ayuda, puede acudir a la Defensoría del Pueblo, a la Personería Municipal o a los Consultorios Jurídicos de las universidades.
¿Dónde acudir?
CONSULTORIO JURÍDICO
DEFENSORÍA DEL PUEBLO
PERSONERÍA MUNICIPAL
Para conocer la ubicación de la totalidad de autoridades relacionadas con su conflicto haga click aquí
Ir a Directorio
¿El trámite tiene costo? No
¿Necesita abogado? No
• El formulario de Permiso de Salida del País para Niños Niñas y Adolescentes es el único documento aceptado por las autoridades migratorias de Colombia para acreditar la autorización de salida correspondiente. Sin el mismo no permitirán la salida del país al menor.
• El padre que haya sido privado o tenga suspendida la patria potestad del menor, no debe diligenciar ni autenticar el permiso de salida.
• Cuando un padre ha fallecido, el niño, niña o adolescente debe presentar el certificado de defunción correspondiente. Copia de este certificado es entregado en el momento de registrar la muerte del padre o de la madre en el registro civil de defunción.
• Algunos países requieren más requisitos para permitir el ingreso de un niño, niña y adolescente, por lo tanto verifique en la embajada del país que visitará el menor todos los requisitos adicionales.
• Para mayor información y orientación, puede visitar la página de Migración Colombia, haciendo
click aquí.