¿Se deben pagar las multas de tránsito por máxima velocidad en la vía?

  (Administrativo)

La infracción C 29 es conducir un vehículo a velocidad superior a la máxima permitida, la cual puede ser impuesta por medio electrónico o manual, por lo tanto, tendrán diferentes condiciones a la hora de saber si deben pagarse o no las infracciones. 

A continuación, se dan unos ejemplos de lo anterior: 

1. Camila, tiene un carro a su nombre, pero este lo manejan sus papás y sus hermanos, a ella la notificaron de una infracción por conducir en una zona de 50 kilómetros a 60, pero ella no sabe quién iba conduciendo, ya que la infracción fue impuesta electrónicamente por una cámara salvavidas. 

2. Fabián, iba conduciendo su vehículo a una velocidad de 80 kilómetros en una vía de 30, por lo que un policía de tránsito le hizo el pare y le impuso una multa manual, el no sabe si esta multa debe pagarla o no. 

Para estos casos y similares, es necesario que se conozcan las condiciones de cada infracción para poder determinar si se debe pagar o no. 

Fecha del árticulo: 27/12/2022

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Más Asesoría
Si requiere más información sobre el pago de multas de tránsito por máxima velocidad podrá acercarse a la entidad de tránsito más cercana de su municipio o ciudad, o preguntar en las alcaldías municipales. 

Si se encuentra en Bogotá deberá dirigirse inmediatamente a la Secretaría Distrital de Movilidad. 
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Normativa
- Ley 1843 de 2017 “Por medio del cual se regula la instalación y puesta en marcha de sistemas automáticos, semiautomáticos y otros medios tecnológicos para la detección de infracciones y se dictan otras disposiciones”.

- Sentencia T – 467 / 95, afirmó: “Cuando el objeto de la solicitud hace parte determinante de un procedimiento especial, previamente regulado en la ley y sujeto a ciertos trámites, requisitos y términos específicos, el peticionario está en la obligación de someterse a dicho trámite, sin que la administración se vea obligada a resolver el asunto de fondo a través de la petición requerida. La Administración no está obligada a contestar y, por el contrario, debe el actor someterse al procedimiento establecido en la ley, sin que ello signifique que la existencia de disposiciones procesales aplicables al caso concreto, dejen sin efecto el derecho de petición ejercido por el actor, ya que simplemente se trata de que su ejercicio debe someterse a unas reglas que distan de las ordinarias.”

- Ley 769 del 2002 “Por la cual se expide el Código Nacional de Tránsito Terrestre y se dictan otras disposiciones”. 

- Ley 1383 del 2010 “Por la cual se reforma la Ley 769 del 2002 – Código Nacional de Tránsito, y se dictan otras disposiciones”. 
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Rutas Jurídicas Relacionadas
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Requisitos generales
Trámite en línea: No
Trámite con costo: No
Necesita abogado: No
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