1. Verifique que cumple con los requisitos para ser declarado poseedor. Estos requisitos son:
• Estar en posesión regular del inmueble a nombre propio que sea de estrato 1 y 2, en forma continua y exclusiva, sin violencia, ni clandestinidad durante un año continuo o más.
• Acreditar que no existe proceso pendiente en su contra en el que se discuta la propiedad o posesión del inmueble iniciado con anterioridad a la fecha de presentación de la solicitud.
2. De cumplir con los requisitos, acuda a la Notaria del círculo donde esté ubicado el inmueble para solicitar que mediante escritura pública se le reconozca la calidad de poseedor. A esta solicitud debe anexar:
• La certificación y planos catastrales del inmueble. Localización, cabida y linderos otorgado por las oficinas de catastro, oficinas de planeación o del Instituto Geográfico Agustín Codazzi.
• Los recibos de pago de los impuestos, contribuciones y valorizaciones del inmueble pagados por usted. Recuerde que tendrá que comprobar estos pagos, mínimo por un año.
• Las declaraciones y pruebas que le permitan demostrar que ha ejercido posesión regular del inmueble forma pública, exclusiva, sin violencia o clandestinidad durante el año anterior a la fecha de la solicitud.
3. El notario valorará la información entregada por usted y decidirá si hay suficientes pruebas que permitan deducir la posesión regular del inmueble y procederá a consignar esto mediante escritura pública. Esta escritura pública será inscrita en la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos del Círculo donde se encuentre ubicado el inmueble, para que se formalice la inscripción.
- Notaría
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