1. Debido a la vulneración de los derechos fundamentales de libertad, igualdad, dignidad humana usted podrá presentar una acción de tutela frente a juez. Esta acción deberá incluir:
• Narración de los hechos, explicando cómo se vulnera el o los derechos fundamentales.
• Debe indicar quién está vulnerando el o los derechos fundamentales.
• Incluir los datos personales de notificación de quien eleva la solicitud y contra quien se presenta.
• Igualmente, debe incluir las pruebas que demuestren la vulneración de los derechos fundamentales (solicitud de matrimonio, respuesta de la Notaria).
2. El juez tendrá 10 días desde el momento en que sea recibida la acción de tutela para tomar una decisión, durante este tiempo la parte que vulneró los derechos fundamentales podrá presentar un escrito contestando a lo mencionado en la acción de tutela.
3. Una vez pasados los 10 días y analizado el caso, el juez tomará una decisión, a través de una sentencia, en la que determinará si se han vulnerado sus derechos y ordenará la protección del derecho o derechos vulnerados, estableciendo que se celebre el matrimonio.
En caso de que le hayan negado la protección podrá impugnar la tutela, durante los 3 días hábiles siguientes a la comunicación de la decisión.
¿Tiene costo?: No
¿Necesita abogado?: No
- Juez de la República.
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• Si le niegan la solicitud de matrimonio así sea por una única vez, se abre la posibilidad de exigir el derecho ante cualquier juez del país, mediante la acción de tutela.
• Todo trato discriminatorio fundado en la orientación sexual de un ser humano es violatorio de los principios de igualdad, dignidad humana y libertad.
• Del principio de la dignidad humana se deriva la autonomía de una persona para escoger a la persona con la cual quiere tener una relación marital, sea natural o formal.