Peticiones, quejas, reclamos, sugerencias, denuncias y felicitaciones - PQRDSF

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Autorizo al Ministerio de Justicia y del Derecho para el uso de los datos aquí consignados, para el envío de información relacionada y usos estadísticos, ​en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 y el Decreto Reglamentario 1377 del 27 de Junio de 2013 y demás normas concordantes. Para conocer más sobre nuestra política de tratamiento de datos personales, lo invitamos a ingresar al siguiente enlace:Política protección datos personales​

Guía para presentar peticiones​​

Denuncie corrupcion  

En este espacio podrá presentar peticiones, quejas, reclamos, sugerencias o denuncias que estén relacionadas con las competencias del Ministerio de Justicia y del Derecho. Antes de realizar la operación lo invitamos a consultar la sesión de preguntas frecuentes y el glosario.​​

 

Modalidades de derecho de petición.​

Modalidades de derecho de petición. Para efectos del presente reglamento, las modalidades del derecho de petición son las previstas en la Ley 1755 de 2015:​​​​​​​​​​​

Derecho fundamental de rango constitucional que puede ser ejercido por cualquier persona ya sea de forma verbal o escrita, y que tiene por objeto formular una solicitud de interés general que puede tener relación directa o indirecta con el solicitante. Término: Dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a su recepción en la Entidad.

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Petición de interés particular: derecho fundamental que puede ser ejercido por cualquier persona ya sea de forma verbal o escrita, en el que el objeto interesa, afecta o guarda relación con el peticionario. Término: Dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a su recepción en la Entidad.

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Queja: manifestación de protesta, censura, descontento o inconformidad que formula una persona en relación con una conducta que considera irregular de uno o varios servidores públicos o contratistas, en desarrollo de sus funciones y obligaciones contractuales. Término: Dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a su recepción en la Entidad.

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Reclamo: manifestación de inconformidad referente a la prestación indebida de un servicio o falta de atención de una solicitud. Término: Dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a su recepción en la Entidad.

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Denuncia: es la declaración verbal o escrita en la que se coloca a consideración del Ministerio cualquier hecho del que se tenga conocimiento y que pueda ser propio de una infracción o delito, aunque no la haya presenciado directamente o no le haya ocasionado perjuicio. Término: Dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a su recepción en la Entidad.

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Solicitud de acceso a la información pública: derecho fundamental que tiene cualquier persona de solicitar y obtener acceso a la información sobre las actuaciones derivadas del cumplimiento de las funciones atribuidas, solicitud de registros, informes, datos o documentos producidos o en posesión, control o custodia de la Entidad. Término: Dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a su recepción en la Entidad

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Solicitud de documentos o copias derecho fundamental que puede ser ejercido por cualquier persona ya sea de forma verbal o escrita, en el que el objeto de la petición es la reproducción y entrega de copias de documentos de naturaleza pública, que no tengan el carácter de reservado al interior de una Entidad como: expedientes misionales, jurisdiccionales o administrativos. Cuando la información solicitada repose en formato electrónico y el solicitante lo manifieste, se podrá enviar por este medio y no se cobrará costo de reproducción. Cuando el volumen de copias es significativo se podrá expedir a costas del solicitante, según los costos de reproducción establecidos por la Entidad. Término: Dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a su recepción en la Entidad.

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Consulta: solicitud de orientación a las autoridades en relación con materias a su cargo, cuyas respuestas, no comprometerán la responsabilidad del Ministerio de Justicia y del Derecho ni serán de obligatorio cumplimiento o ejecución, como lo establece el artículo 28 de la Ley 1437 de 2011. igencia del Decreto 491 de 2020 “ Por el cual se adoptan medidas de urgencia para garantizar la atención y la prestación de los servicios por parte de las autoridades públicas y los particulares que cumplan funciones públicas y se toman medidas para la protección laboral y de los contratistas de prestación de servicios de las entidades públicas, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica”. Término: Dentro de los treinta (30) días hábiles siguientes a su recepción en la Entidad.

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Petición entre autoridades: son aquellas que se formulan entre autoridades mediante las cuales se solicita información o documentos. Término: Dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a su recepción en la Entidad.

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Traslado por competencia: el servidor público o contratista a quien se le asigna el trámite de la PQRD determina que el Ministerio no es competente para resolver o atender la misma, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la recepción en el Ministerio, se le informará al peticionario y deberá dar traslado de la petición a la autoridad competente, expresando las razones y/o soportes normativos que sustentan el traslado. Término: Dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes a su recepción en la Entidad.

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Felicitaciones: Es una expresión de satisfacción, agradecimiento o similar, en la que se enfatiza la buena labor y se estimula a continuar en la misma tónica. No requiere respuesta, pero darla proyecta una mejor imagen, y da la sensación de ser atendido. Término: Dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a su recepción en la Entidad.

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Sugerencia: Es la manifestación de una idea o propuesta para mejorar el servicio o la gestión del Ministerio de Justicia y del Derecho. Término: Dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a su recepción en la Entidad.

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En cumplimiento al Decreto 1166 de 2016 de Minjusticia, se reglamentó el tema relacionado con la presentación, tratamiento y radicación de las peticiones presentadas verbalmente.

Los grupos de interés pueden presentar una petición verbal de manera presencial o telefónica. Para ambos casos, el servidor público o contratista designado debe registrar su petición verbal y deberá entregarle constancia de recepción de la misma, debe contener como mínimo los siguientes datos:





​Si su PQRDS fué registrada antes del 17 de diciembre de 2018 consulte el estado de su solicitud en el siguiente enlace​​​​​​

Mecanismos para presentar PQRS ante los organismos de control:


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