La Ley 1448 de 2011 establece un Sistema Nacional de Atención y Reparación Integral a las Víctimas –SNARIV y Restitución Tierras. Esta política pretende convertirse en una solución duradera frente a la crisis humanitaria como consecuencia del conflicto.
Esta Ley consagra un procedimiento especial para recibir, tramitar y resolver las solicitudes de restitución de tierras, que se ha ampliado de forma progresiva comenzando por las zonas priorizadas que cuentan con una significativa densidad histórica del despojo y abandono forzado y en donde existen condiciones para el retorno. Su implementación ha logrado avanzar en la consecución de la verdad sobre este fenómeno y de esta manera promover la reparación integral a las víctimas, así como contribuir a otros esfuerzos encaminados a la no repetición y al impulso de la judicialización de los responsables de los delitos relacionados con el tema.
... [leer más]
La acción de restitución de tierras contempla una serie de derechos y medidas en favor de las víctimas con el fin de facilitar la ruta jurídica hacia la reparación integral y de esta manera contrarrestar las situaciones de violencia estructural que acentúan la vulnerabilidad y desventaja procesal que les impide el pleno ejercicio de sus derechos.
La acción de restitución ha incluido entre otras innovaciones procesales como la inversión de la carga de la prueba, la prueba sumaria, las presunciones de despojo o abandono forzado; la posibilidad de que las víctimas acudan directamente y sin necesidad de representante ante los jueces especializados; o la gratuidad del proceso entre otras medidas, como herramientas que imprimen una mayor celeridad y permiten equiparar las cargas dentro del trámite de solicitudes tanto en la etapa administrativa como judicial.
De igual manera, se han consagrado medidas complementarias a la restitución jurídica y material, que tienen fundamento en un concepto transformador de la reparación, el cual pretende mejorar las condiciones de vida de las víctimas y de esta manera contribuir a la consecución de los objetivos de la justicia social en el campo. Precisamente el reconocimiento de la compensación, el alivio de pasivos, los proyectos productivos y el subsidio de vivienda, tienen como fin garantizar la sostenibilidad y promover la reconciliación.
En la acción de restitución de tierras también está presente el enfoque diferencial en concordancia con el derecho internacional de los derechos humanos, desde el cual se promueve una serie de obligaciones por parte del Estado para lograr un acceso efectivo a la justicia de sectores históricamente marginados o excluidos. De hecho, el principio de enfoque diferencial de acuerdo con el artículo 13 de la Ley 1448 de 2011 establece que “hay poblaciones con características particulares en razón de su edad, género, orientación sexual y situación de discapacidad. Por tal razón, las medidas de ayuda humanitaria, atención asistencia y reparación integral que se establecen en la presente ley, contarán con dicho enfoque”.
El enfoque diferencial implica que el Estado debe brindar una atención, asistencia, restitución de derechos y reparación integral con abordaje psicosocial, jurídico especializado y reforzado que integre transversalmente la perspectiva de género durante las etapas administrativa y judicial.
... [leer menos]